Las garantías se deben constituir telemáticamente en la Caja General de Depósitos o sus Sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, conforme a lo establecido en el Real Decreto nº 161/1997 (BOE de 25.02.1997), a la Orden de 7 de enero de 2000 (BOE de 25.01.2000), la Orden ECO /2120/2002 de 2 de Agosto (BOE de 24.08.2002) y la Orden PRE /3662/2003 de 29 de Diciembre de 2003 (BOE de 31.12.2003)
Es la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, lo cual debe hacerse constar en los impresos correspondientes, recogidos en Anexo A a la Corrección de errores de la Orden citada de 7 de Enero (BOE de 31.01.2000). Además se indica la forma correcta de cumplimentar la casilla "Norma/s y artículo/s que impone/n constituir este depósito o garantía":
AUTORIDAD A CUYA DISPOSICIÓN SE CONSTITUYE
N.I.F. : S2801391 J
DENOMINACIÓN Dirección General de Política Comercial y Competitividad
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Orden 26 de febrero de 1986 (BOE de marzo de 1986), por la que se regula la fianza en las operaciones de importación y exportación y su modificación, Orden 27 de julio de 1995
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