Queda prohibido comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, oro, tal como se incluye en la lista del Anexo XXII, que sea originario de Bielorrusia y haya sido exportado desde Bielorrusia a la Unión después del 1 de julio de 2024.
Oro que sea necesario para los fines oficiales de las misiones diplomáticas, oficinas consulares u organizaciones internacionales en Bielorrusia que gocen de inmunidad conforme al Derecho internacional.
Productos incluidos en la lista del Anexo XXII destinados al uso personal de personas físicas que viajen a la Unión o de sus familiares más cercanos que viajen con ellas, que sean propiedad de dichas personas y no estén destinados a la venta.
Bienes culturales del Anexo XXII que estén en préstamo en el contexto de la cooperación cultural formal con Rusia.
Debe contactar con la Subdirección General de Registros y Documentación del Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura
La exportación a Bielorrusia de los productos enumerados en el Anexo XXII importados temporalmente precisa una autorización de exportación por parte del Ministerio de Cultura.
Productos del Anexo XXII, siempre que se cumplan los siguientes requisitos acumulativos:
Tenga en cuenta que únicamente se podrá emitir autorización en los casos arriba mencionados. Además de la documentación/información que se debe adjuntar a la solicitud y que se puede consultar en la web del procedimiento indicada en la parte inferior de esta página, debe presentar documento firmado por el exportador en el que se declare la información más actualizada sobre los siguientes elementos:
Para solicitar una autorización administrativa que permita la importación de los productos incluidos en el anexo arriba indicado, y que no estén clasificados como material de defensa y doble uso, debe acceder al procedimiento Autorización de operaciones de comercio internacional de mercancías sujetas a restricciones comunitarias- Código SIA 962367 en la Sede Electrónica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
Para cualquier cuestión relacionada con la aplicación de este Reglamento y sus modificaciones, diríjase a nuestro correo electrónico productosindustriales@economia.gob.es
El contenido de esta página es meramente orientativo. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud.
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