Productos incluidos en el Anexo XXIII del Reglamento (CE) No 765/2006
Queda prohibido comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, el petróleo crudo incluido en la lista del
Anexo XXIII que
sea originario de Bielorrusia o que se exporte desde ese país.
No hay excepciones a esta prohibición.
El contenido de esta página es meramente orientativo. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la
normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud.