La tramitación de una declaración de inversión tiene varias fases, que salvo excepción, se harán de forma electrónica.
De acuerdo con el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
Solo las personas físicas no obligadas por dicho art. 14.2, podrán elegir si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no .
Además, según el artículo 14.3., reglamentariamente las Administraciones Públicas podrán establecer otros sujetos con obligación de mantener relación electrónica con ellas.
La Tramitación de una declaración de inversión tiene varias fases:
Los formularios de declaración de inversiones se obtienen a partir del programa AFORIX (Programa de ayuda de Formularios de Inversiones Exteriores).
Descarga de Aforix: Oficina Virtual Comercio Debe tener siempre la última actualización: Versión 9.2 (11 de mayo de 2022).
Instalación de Aforix: Para instalarlo, pulse en el enlace correspondiente según su sistema operativo sea: Windows, MacOS (Es necesario aprobar la aplicación según la siguiente guía:) y Linux.
Problemas y dudas Frecuentes Sobre Instalación De Aforix: Descarga de AFORIX - Preguntas frecuentes (comercio.gob.es).
Instrucciones de cumplimentación de declaraciones y para presentación telemática: Ayuda de Aforix (comercio.gob.es) [PDF].
Solo las personas físicas no obligadas a relacionarse de forma electrónica con las Administraciones Públicas por el art. 14.2 de la Ley 39/2015, podrán hacerlo además de por la vía telemática recomendada, por la vía presencial. Dichas personas podrán utilizar los impresos cumplimentados y descargados desde Aforix y/o los impresos disponibles en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (Paseo de la Castellana 162. Planta baja. 28046 Madrid) o en las Direcciones Territoriales o Provinciales de Comercio
Contacto:
aforix.sscc@mincotur.es: Para dudas y problemas con el funcionamiento del programa AFORIX, su instalación o relacionados con la presentación telemática de declaraciones.
Las instrucciones para la cumplimentación se contienen en la Resolución de 27 de julio de 2016 (BOE nº 194 de 12 de agosto de 2016). Puede consultar la guía para cumplimentación de modelos de declaración de Resolución de 27 de julio de 2016.
Una vez cumplimentada la declaración, debe guardarse y se generará el documento de trabajo. Es un archivo de Aforix, identificado con una @ de color rojo y con la extensión .aforixm. que contiene la declaración en formato editable por el usuario de la aplicación.
En caso de dudas, puede enviar un correo electrónico a:
invextran@mincotur.es: Para aclaraciones sobre inversiones extranjeras en España (modelos DP-1, DP-2, D-1A, D-1B, D-2A, D-2B y D-4).
invespan@mincotur.es: Para aclaraciones sobre inversiones españolas en el extranjero (modelos DP-3, DP-4, D-5A, D-5B, D-6, D-7A, D-7B y D-8).
Las consultas realizadas a través de correo electrónico siempre se reciben y se atienden en un plazo prudencial de tiempo. Por eso, es preferible al uso del teléfono.
No olvide incorporar sus datos de contacto en los correos. Es necesario que en las consultas que realice indique un teléfono de contacto por si, por razón de la consulta, fuera necesario contactar por esa vía con usted.
Una vez cumplimentada la declaración, se procederá a la firma electrónica con un certificado digital.
Puede obtenerlo en la Sede.
Puede obtener más información sobre certificados electrónicos.
Una vez obtenido el archivo de Aforix, identificado con una @ de color rojo y con la extensión .aforixm., se procede a la firma electrónica y se genera otro nuevo documento , identificado con una @ de color azul y con la extensión . aforixd. Ese nuevo documento ya no es editable y cualquier alteración realizada en él, invalidará la firma electrónica y por tanto, el documento, que no se podrá presentar.
Exclusivamente se podría usar la firma manual, si se trata de persona física no obligada a la presentación telemática, y opta por la presentación presencial de declaraciones obtenidas y cumplimentadas mediante Aforix o de impresos obtenidos en los registros habilitados y cumplimentados.
Presentación Telemática:
Una vez firmada la declaración con un certificado digital, puede realizar la presentación telemática.
Una vez disponga de la declaración firmada electrónicamente, o de la declaración firmada electrónicamente y, en su caso, contrafirmada por notario/a, deberá realizar la presentación efectiva de la declaración accediendo al procedimiento de presentación telemática, desde un navegador de internet.
Solo deberán ir contrafirmadas las declaraciones de inversión extranjera en España.
El documento, identificado con una @ de color azul y con la extensión. aforixd.es el que debe presentar siguiendo los pasos en AFORIX.
Hay dos vías de acceso para proceder a la presentación telemática:
Guía para la presentación telemática de declaraciones [PDF]
Acuse de una presentación telemática:
Para volver a obtener el acuse de una presentación telemática realizada con anterioridad, deberá volver a realizar el proceso de presentación con el mismo fichero (con extensión.aforixd) que utilizó la primera vez. El sistema se dará cuenta de que esa declaración ya ha sido presentada y volverá a ofrecerle la descarga del acuse original.
Excepción: presentación por personas físicas no obligadas a la presentación telemática por el art. 14.2. de la Ley 39/2015. Solo estas personas podrán optar por la presentación electrónica recomendada o la presentación presencial. Antes de presentar las declaraciones deberá haberlas firmado. Si optara por la presentación de declaraciones en papel (presentación manual), podría utilizar impresos obtenidos en los registros habilitados o declaraciones que se hayan imprimido después de haberse cumplimentado mediante el programa Aforix. (Es el único caso en que se pueden imprimir las declaraciones). En ambos casos, la firma del particular sería manual.
En el caso de que la presentación la realizara una persona física no obligada a la presentación electrónica por el art. 14.2. de la Ley 39/2015 y optara por la firma electrónica, quedará obligada a la presentación telemática.
Puede consultar lasdeclaraciones presentadas telemáticamente accediendo a Consulta AFORIX
Una vez firmada la declaración con un certificado digital, puede realizar la presentación telemática.
Hay dos vías de acceso a la presentación telemática:
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