Financiación para la internacionalización

¿Cómo Funciona?

FIem

Entrada

  • OFECOME
  • S.G. Bilateral
  • S.G.F.F.I.
  • Direcciones Territoriales
  • Otros (CESCE, COFIDES, etc..)

Análisis de la Operación

  1. Valoración Política, Comercial
  2. Valoración financiera y medioambiental
  3. Grupo de Trabajo FIEM

Aprobación e Imputación

  1. Comité FIEM
  2. Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (si se trata de un crédito imputable a alguna de nuestras Líneas)
  3. Consejo de Ministros (en otros casos)

Entrada en vigor del Crédito FIEM

  1. Negociación y firma del convenio de crédito
  2. Autorización de las disposiciones con cargo al credito
 

PLATAFORMA FIEM

Entrada

La solicitud formal la hace el exportador o inversor a través de la cumplimentación de un cuestionario y el envío de otras informaciones.

Solicitud Telemática

Análisis de la operación

La solicitud es examinada por la Subdirección General regional correspondiente según el área geográfica del proyecto de exportación/inversión (Iberoamérica y América del Norte; Europa UE; Mediterráneo, África y Oriente Medio; Asia, Oceanía y Europa no UE), y tras la valoración del proyecto y el interés geográfico y sectorial del mismo, le comunica al solicitante si es elegible para recibir financiación, y en su caso, le ofrece una “carta de intenciones” que puede apoyar su oferta comercial.

La operación avanza hasta el examen del Grupo de Trabajo, que decidirá sobre su envío para aprobación del Comité FIEM. Si puede apoyar la oferta del exportador, se puede emitir una “carta de oferta financiera”. Para ello, se evaluará la solvencia del deudor o garante o de otras garantías aportadas.

Aprobación e Imputación

El Comité FIEM celebrado de manera mensual, decidirá si se eleva para aprobación la operación, bien por la Secretaria de Estado de Comercio, si se trata de un crédito imputable a alguna de nuestras Líneas, o por el Consejo de Ministros en otros casos.

Entrada en vigor del crédito FIEM

El ICO, como agente financiero del FIEM, negociará el convenio de crédito con el comprador/deudor, y, una vez firmado, con cargo al crédito pagará al exportador según los hitos del contrato comercial. Se precisará de un banco que actúe como banco pagador y realice la labor de verificación documental.

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