Las relaciones comerciales entre la UE y la Comunidad Andina (CAN), creada en 1969 y formada en la actualidad, por Colombia, Bolivia, Ecuador y Perú, se regían por el Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG), que permite el acceso preferencial al mercado comunitario para los productos procedentes de Países en Desarrollo. La UE y la CAN iniciaron las negociaciones para un Acuerdo de Asociación UE-CAN, en 2007. Sin embargo, el proceso negociador tuvo que ser suspendido en julio de 2008, ante la imposibilidad de fijar una posición común por parte de la CAN. En 2009, se planteó un nuevo enfoque negociador mediante el cual se admitió que los países andinos que lo desearan podrían negociar, de forma independiente, la parte comercial del Acuerdo de Asociación.
De esta manera, la UE, Colombia y Perú concluyeron las negociaciones del Acuerdo Comercial entre la UE y Colombia y Perú [PDF], en 2010, durante la presidencia española de la UE. El acuerdo se viene aplicando, provisionalmente, desde el 1 de marzo de 2013, para Perú, y el 1 de agosto de 2013, para Colombia. La entrada en vigor definitiva requiere la ratificación de los Parlamentos nacionales de todos los Estados miembros de la UE. Por su parte, el Protocolo de Adhesión de Ecuador al Acuerdo Comercial entre la UE y Colombia y Perú [PDF] [9,75 MB] fue firmado en 2016, entrando en vigor, provisionalmente, el 1 de enero de 2017, a la espera de la ratificación de los Parlamentos nacionales de todos los Estados Miembros de la UE.
El Acuerdo Comercial con Colombia, Perú y Ecuador ha representado una importante mejora de acceso para los productos de la UE que, hasta la entrada en vigor de estos nuevos acuerdos, no disfrutaban de trato preferencial alguno en dichos países. El acuerdo alcanzado con Colombia y Perú implica una liberalización total de productos industriales y de la pesca: la UE obtuvo la liberalización inmediata para el 80% y el 65% de sus exportaciones a Colombia y Perú, respectivamente, quedando el resto de productos liberalizado en un plazo máximo de diez años. También prevé la apertura del mercado andino para algunos de los principales productos agrícolas comunitarios como lácteos, carne de cerdo, vinos y bebidas espirituosas o aceite de oliva, y se logró un elevado grado de protección para las indicaciones geográficas comunitarias.
Por su parte, Colombia y Perú obtuvieron el acceso libre a la UE para sus productos industriales desde la entrada en vigor del Acuerdo, destacando el resultado obtenido en vehículos, para los que se consiguieron períodos de liberalización más reducidos que los previstos en el acuerdo que mantiene Colombia con EEUU. Además, ambos países obtuvieron concesiones en productos agroalimentarios. Al igual que el Acuerdo de Asociación con Centroamérica, este Acuerdo también contiene una cláusula de salvaguardia bilateral y un mecanismo de estabilización para el plátano.
Más allá de los efectos positivos derivados del ahorro arancelario, el Acuerdo ha supuesto un estímulo al comercio y a la inversión al incluir, además de disposiciones sobre acceso a mercado para el comercio de bienes, un elevado grado de protección para las indicaciones geográficas, compromisos en acceso a los mercados de contratación pública, o disposiciones referentes a servicios e inversiones, para las que se garantiza un entorno seguro, transparente, no discriminatorio y predecible. Además de las disposiciones comerciales, el Acuerdo incluye un capítulo de desarrollo sostenible, con el que se ha conseguido un resultado igual o mejor al previamente existente en el marco del SGP+ en lo referente a los compromisos de Colombia y Perú en materia laboral y medioambiental.
La adhesión de Ecuador al Acuerdo ha garantizado la continuidad de los beneficios arancelarios (SGP+) para los principales productos de exportación ecuatorianos y también ha proporcionado a Ecuador un mejor acceso de sus principales exportaciones a la UE (pesca, plátanos, frutas, flores, café y cacao), así como la oportuna diversificación de las exportaciones ecuatorianas.
En cuanto a ventajas para la UE, el Acuerdo con Ecuador proporciona un mejor acceso al mercado ecuatoriano para muchas de sus exportaciones clave, por ejemplo, en el sector del automóvil o de maquinaria, e incluye un ambicioso trato sobre el acceso al mercado de los servicios, el establecimiento y la contratación pública, al tiempo que se logra el reconocimiento de la normativa europea en Ecuador, evitando así barreras técnicas al comercio.
Colombia, Perú, Ecuador y Bolivia son miembros de la OMC desde se creación, en enero de 1995. Ecuador es miembro desde 1996.
Bolivia se beneficia del acceso preferencial que la UE concede en el marco del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) de la UE, incluso mediante el régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la buena gobernanza, conocido como SPG+.
Bolivia puede solicitar la adhesión al Acuerdo comercial entre la UE y Colombia, Perú y Ecuador, puesto que el artículo 329 del mismo prevé condiciones para la adhesión de otros países miembros de la Comunidad Andina, mecanismo que ya empleó Ecuador.
Bolivia es miembro de la OMC desde septiembre de 1995.
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