Política comercial de la UE

Chile

El marco jurídico básico de las relaciones comerciales entre la UE y Chile se recoge en el Acuerdo de Asociación [PDF] [3.47 MB]firmado en 2002, el cual entró en vigor de forma definitiva en 2005. El Acuerdo de Asociación contiene un acuerdo de libre comercio que incluye la liberalización de bienes, servicios y la contratación pública. El comercio de bienes no agrícolas se liberalizó por completo, a excepción de algunas partidas referentes a productos pesqueros, a la vez que se produjo una cierta liberalización de productos agroalimentarios. El Acuerdo, además, eliminó barreras al comercio, estableció reglas estables y transparentes para los exportadores, importadores e inversores, recogía disposiciones para la liberalización de las inversiones y los movimientos de capital, y reforzó la protección de los derechos de propiedad intelectual.

Con el objetivo de evitar que el marco de las relaciones comerciales entre la Unión Europea y Chile quedase desactualizado, se consideró que el pilar comercial debía ampliarse y profundizarse, siguiendo el ritmo de los nuevos patrones de comercio e inversión en un entorno competitivo global cuya configuración ha ido cambiando. En un contexto de crecientes tendencias proteccionistas, la UE y Chile iniciaron oficialmente las negociaciones para la modernización del Acuerdo de Asociación, el 16 de noviembre de 2017.

Tras diez rondas de negociación, el 9 de diciembre de 2022, las partes anunciaron que se había alcanzado un Acuerdo de Principio para la modernización del Acuerdo de la UE con Chile.

El Acuerdo UE-Chile modernizado se compone de dos instrumentos jurídicos: En primer lugar, un Acuerdo Marco Avanzado, que incluye: a) el pilar político y de cooperación y b) el pilar de comercio e inversión (incluidas las disposiciones de protección de las inversiones). La entrada en vigor definitiva de este acuerdo está sujeta a ratificación por todos los Estados miembros de la UE. En segundo lugar, un Acuerdo Interino de Libre Comercio (iFTA), que abarca únicamente las partes del pilar de comercio e inversión del Acuerdo Marco Avanzado que son competencia exclusiva de la UE (es decir, sin incluir las disposiciones de protección de las inversiones), que se adoptará mediante el proceso de ratificación previsto para acuerdos comerciales de la UE. El iFTA expirará cuando entre en vigor el Acuerdo Marco Avanzado.

En su parte comercial, el Acuerdo de Principio conseguido es muy ambicioso y avanzado en sus distintos capítulos. Permitirá reducir las barreras existentes al comercio bilateral de bienes, y servicios, incluidas las materias primas y la energía, en el acceso a los mercados de contratación pública, y a promover un crecimiento sostenible e inclusivo.

Destacan, en este sentido, las disposiciones del capítulo de comercio y desarrollo sostenible del acuerdo, muy ambiciosas, y que cubren aspectos de los acuerdos de libre comercio de nueva generación de la UE en este ámbito (aspectos laborales, medio ambiente, cambio climático, pesca, deforestación, comercio de bienes medioambientales, solución de diferencias o Responsabilidad Social Corporativa).

El acuerdo, además, es pionero en la inclusión de disposiciones sobre la igualdad de género, un tema muy relevante tanto para España y para Chile, reconociendo la importancia de incorporar esta perspectiva de género en las políticas para conseguir un crecimiento económico inclusivo.

Tras la consecución del acuerdo de principio, el proceso continúa con la revisión jurídica del acuerdo (“legal scrubbing”), así como la traducción de los textos a los idiomas de todos los Estados miembros de la UE. A continuación, la Comisión presentará el acuerdo para su firma al Consejo de la UE. Tras la firma del Acuerdo, el texto se transmitirá al Parlamento Europeo para su aprobación. Una vez que el Parlamento Europeo haya dado su consentimiento, y Chile también lo haya ratificado, el Acuerdo Interino de Libre Comercio podrá entrar en vigor. La entrada en vigor del Acuerdo Marco Avanzado requerirá, a su vez, la ratificación por parte de todos los Estados miembros de la UE.

Chile es país miembro de la OMC, desde la creación de esta Organización en 1995.