Tras 26 años desde el inicio de las negociaciones, el Acuerdo entre la Unión Europea y MERCOSUR da un paso decisivo con la entrada en vigor de su aplicación provisional el 1 de mayo de 2026. Este hito permitirá que empresas y operadores económicos empiecen a beneficiarse de manera inmediata de las mejoras en el acceso a mercado previstas.
El acuerdo tiene una arquitectura que consiste en dos instrumentos jurídicos diferentes: el Acuerdo Comercial Interino (ITA) y el Acuerdo de Asociación (EMPA).
Desde el 1 de mayo de 2026 comienza a aplicarse de manera provisional el Acuerdo Comercial Interino (ITA), que incluye todo lo que afecta directamente a las empresas como la reducción de aranceles, acceso a servicios y contratación pública.
Con la aplicación provisional del ITA, las empresas podrán comenzar a beneficiarse de las condiciones preferenciales que ofrece el acuerdo, algunas con efecto inmediato y otras, que se implementarán de manera progresiva. Los textos ya se han puesto a disposición del público en general, junto a las fichas que explican el contenido de las distintas disposiciones del acuerdo.
Por su parte, el acuerdo más amplio, el Acuerdo de Asociación (EMPA), incluye además otros aspectos relacionados con el diálogo político y cooperación, pero requerirá la ratificación de todos los Estados miembros, por lo que su entrada demorará en el tiempo.
Acuerdo incluye un capítulo de Comercio y Desarrollo Sostenible que contiene disposiciones muy ambiciosas, incorporando el Acuerdo de París contra el cambio climático como elemento esencial, lo que permitiría la suspensión del acuerdo si una de las partes abandona el Acuerdo de París o si deja de ser parte de “buena fe” del mismo.
También como novedad, se incluye un compromiso vinculante de lucha contra la tala ilegal y la deforestación. También se incluye el compromiso de las partes de cumplir con diferentes acuerdos multilaterales en materia de protección medioambiental y de respeto a los derechos laborales.
El acuerdo facilitará el acceso a las empresas europeas a un mercado de 273 millones de consumidores, que ha presentado un nivel tradicionalmente elevado de protección comercial. El acuerdo supone una apertura sin precedentes:
El acuerdo ofrece un conjunto de beneficios estructurales y sectoriales para nuestro país que pueden reforzar su posicionamiento exportador en el bloque Mercosur:
El acuerdo representa una oportunidad para España, como gran exportadora de productos agrícolas. MERCOSUR eliminará los aranceles al 93% de las exportaciones de la UE, mientras que la UE liberalizará el 82% de las importaciones agroalimentarias procedentes de MERCOSUR. El Acuerdo ofrece ventajas muy relevantes para productos de gran importancia para España: aceite de oliva, vino y bebidas espirituosas, porcino, frutas y hortalizas, especias, productos agrícolas transformados (confitería, espesantes, salsas) y quesos.
| SECTOR | ARANCELES ACTUALES | ARANCELES POST-ACUERDO |
|---|---|---|
| Aceite de oliva | 9% en Brasil, Uruguay y Paraguay, y del 31,5% en Argentina | Liberalización total en 15 años (4 años en orujo). |
| Aceite de oliva Vino y bebidas espirituosas | 20% a 35%, según países y productos |
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| Porcino | 10% | Liberalización en un período entre 8 y 10 años, según productos. La UE, por el contrario, ofrece un contingente progresivo a lo largo de 6 años hasta alcanzar un volumen de 25.000 t, con un arancel intracuota de 83 €/t. Paraguay obtiene un contingente adicional de 1.500 t, a arancel 0. |
| Frutas y frutos | 10% | Liberalización a la entrada en vigor, salvo almendras sin cáscara, que tendrá su liberalización en 4 años. |
| Cebollas (hortalizas) | 10% |
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| Productos agrícolas transformados (PATS) | Productos del cacao 11-14% Confitería sin cacao 20% Espesantes 8-13,2% Salsas 16-18% |
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| Quesos | 16% o 28%, según productos y países | Tanto la UE como MERCOSUR establecen un contingente progresivo hasta las 30.000 t, al final del 10º año. El arancel intracuota se reducirá progresivamente hasta el 0%, al final del 10º año. |
| Leche en polvo | 16% o 28%, según productos y países | Tanto la UE como MERCOSUR establecen un contingente progresivo hasta las 10.000 t, al final del 10º año. El arancel intracuota se reducirá progresivamente hasta el 0%, al final del 10º año. |
Fuente: elaboración propia. Secretaría de Estado de Comercio
Para los productos sensibles de la UE, el acuerdo incluye contingentes arancelarios cuidadosamente calibrados para defender los productos agrícolas más sensibles. En la mayoría de los casos, estos contingentes suponen alrededor del 1-2% del consumo anual interno en la UE. Además, el acuerdo incluye cláusulas que permiten la imposición de salvaguardias.
| SECTOR | CONTINGENTE ADOPTADO POR LA UE |
|---|---|
| Vacuno | Contingente de 99.000 toneladas al año (1,6% de la producción total europea), -introducidos gradualmente en 6 años-, con un arancel intra-cuota del 7,5%. Dicho contingente se reparte entre carne congelada (45%) y en fresco (55%). |
| Ave de corral | Contingente de 180.000 toneladas con derechos de aduana nulos (1,4% del consumo interno de la UE), de los que 50% serán deshuesados y 50% sin deshuesar. El volumen se introducirá gradualmente en 6 etapas anuales iguales. |
| Azúcar |
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| Arroz | Contingente arancelario de 60.000 t (2% del consumo europeo), con arancel 0, implementado de manera gradual a lo largo de seis años. |
| Etanol | Contingente de 650.000 t (8,2 Mhl), que corresponden a 450.000 t (5,7 Mhl) de etanol para usos químicos libres de derechos (frente a los 19,2 €/hl actualmente) y 200.000 t (2,5 Mhl) de etanol para todos los usos (incluido combustible) con derechos de aduanas 2/3 más bajos que en la actualidad. |
| Miel | Contingente arancelario con un arancel del 0% de 45.000 toneladas (menos del 10% del consumo de la UE), implementado de manera gradual a lo largo de 6 años. El arancel fuera de contingente es de 17,3% ad valorem. Mercosur liberaliza la entrada de miel de la UE desde la entrada en vigor del Acuerdo. |
Fuente: elaboración propia. Secretaría de Estado de Comercio
MERCOSUR eliminará aranceles al 91% de sus importaciones de la UE, en 10-15 años, según sectores. Habrá mejoras arancelarias para el sector del automóvil y sus componentes, los bienes de equipo, químicos, farmacéuticos, textiles y calzado.
| SECTOR | ARANCELES ACTUALES | ARANCELES POST-ACUERDO |
|---|---|---|
| Automóvil |
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Eliminación gradual de los aranceles para la mayoría de los productos.
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| Bienes de equipo |
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Eliminación gradual de los aranceles para la mayoría de los productos.
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| Químicos | 2-14% | Eliminación en 4, 8 o 10 años salvo algunos productos |
| Farmacéuticos | Arancel actual máximo del 14% | Se elimina de manera lineal, en la mayoría de los casos, en 4 años (para ciertos productos en 8 o 10 años). Quedan sin liberalizar en el acuerdo un tipo de antisuero y dos medicamentos con insulina. |
| Textiles, calzado y cuero | Arancel en la mayoría de los productos del 35%. |
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Fuente: elaboración propia. Secretaría de Estado de Comercio
Aunque menos visible, el impacto en servicios es especialmente relevante para España, que ya presenta superávit con la región.
El acuerdo elimina o reduce restricciones en el comercio de servicios, donde España es notablemente dinámica, en sectores como las telecomunicaciones, servicios financieros, transporte, servicios empresariales y movilidad de profesionales. Se introducen disposiciones en materia de comercio electrónico y en la movilidad temporal de trabajadores de perfil directivo y especialista.
| SECTOR | MEJORA DEL ACCESO A MERCADO |
|---|---|
| Transporte | Apertura del sector de transporte marítimo y servicios relacionados |
| Servicios a las empresas | Apertura significativa de Uruguay y subsector relativamente abierto en Argentina con ciertos compromisos adicionales. |
| Telecomunicaciones | Level Playing Field Independencia de la autoridad regulatoria y medidas para evitar prácticas anticompetitivas, garantizando acceso no discriminatorio a redes y condiciones justas en roaming e interconexión. Además, compromisos vinculantes para la asignación no discriminatoria del espectro radioeléctrico. |
| Servicios financieros | Disciplinas sobre nuevos servicios financieros, reconocimiento mutuo, organismos de autorregulación, sistemas de compensación y pagos y una mayor transparencia. |
| Comercio electrónico | El capítulo facilita la utilización de firmas y contratos electrónicos, garantizando que las transmisiones electrónicas no estarán sujetas a aranceles, teniendo en cuenta la protección de los datos personales. |
| Modo 4 | Argentina ofrece un grado de liberalización en lo relativo a la movilidad temporal de trabajadores sensiblemente superior a lo comprometido en GATS. |
Fuente: elaboración propia. Secretaría de Estado de Comercio
Uno de los cambios más relevantes es el mayor acceso a licitaciones públicas de esos países. Hasta ahora, los mercados de contratación pública en MERCOSUR han estado poco abiertos. Con el acuerdo:
Para empresas de infraestructuras, energía o servicios, esto puede ser tan relevante como la eliminación de aranceles.
Para más información, puede consultar estos otros enlaces de la web de la Comisión Europea:
Gracias por sus comentarios.