Financiación para la internacionalización

Línea ECOFIEM

Línea de 200 millones de euros de financiación para proyectos que contribuyan a la lucha contra el cambio climático

Financiación de proyectos de suministro, llave en mano, inversión o Project finance.

  • Elegibilidad: en general, proyectos que contribuyan a la lucha contra el cambio climático en su doble vertiente, mitigación, es decir, proyectos en sectores que promueven la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y/o proyectos que promueven o integran la adaptación a los impactos del cambio climático, tenido en cuenta escenarios climáticos en el corto/medio y largo plazo

    En particular, se entenderán como elegibles los proyectos de energías renovables, de sustitución de fuentes energéticas fósiles, de eficiencia energética, de reciclaje, de gestión de residuos, de medio ambiente, proyectos de agua, así como todos aquellos proyectos que se adapten a la definición de proyecto elegible según el Acuerdo Sectorial de créditos a la exportación para proyectos de energías renovables, mitigación y adaptación al cambio climático y los proyectos de agua (Anexo IV del Consenso de la OCDE).

  • Países elegibles: todos, excepto países HIPC con deudor público soberano y países cerrados a la cobertura de CESCE.
  • Conceptos financiables: En el caso de operaciones de exportación de bienes y servicios, serán los establecidos por el Consenso de la OCDE. Con carácter general, se podrá financia hasta el 85% del valor de los bienes y servicios exportados así como el 100% de los gastos locales, con los límites establecidos al efecto por el Consenso de la OCDE. En el caso de proyectos de inversión, serán objeto de estudio caso por caso para la definición de los conceptos financiables según el interés para la internacionalización de la economía española.
  • Condiciones financieras:
    • Plazo de amortización: los plazos permitidos por el Consenso de la OCDE, pudiendo llegar hasta 18 años.
    • Tipo de interés: fijo o variable, siendo las referencias a tomar el CIRR y el EURIBOR o LIBOR, respectivamente; el coste final deberá incluir el equivalente de la prima de riesgo anualizada correspondiente al riesgo asumido por el FIEM. Consultar calculadora
    • Moneda: euro o dólar estadounidense
  • Solvencia o garantías requeridas: pública o privada, de acuerdo con la normativa FIEM.
  • Procedimiento de aprobación de operaciones: El Comité del FIEM analizará las operaciones presentadas con cargo a la Línea y determinará su elevación para aprobación, en la medida en que se ajusten a lo previsto en el contenido de dicha Línea, al titular de la Secretaría de Estado de Comercio. En el caso de que la financiación a otorgar con cargo al FIEM supere los 15 millones de euros, la operación deberá someterse a informe de CDGAE con carácter previo a la aprobación por la Secretaria de Estado de Comercio.