Subvenciones a Asociaciones reconocidas

Ayudas, Subvenciones y Premios Subvenciones a Asociaciones y Federaciones reconocidas

Introducción

Entre los principales objetivos de la Secretaria de Estado de Comercio se encuentra el fortalecimiento del sector exterior, tanto en su perfil exportador como inversor, mediante distintas estrategias de apoyo a la exportación y a la internacionalización de las empresas.

Las actividades que las asociaciones y federaciones de exportadores realizan y muchos de los servicios que prestan a sus empresas miembros, especialmente a las PYMES, contribuyen de manera eficaz a mantener la oferta exportadora española en mercados consolidados y posibilitan su acceso en aquellos en los que existe una cuota de mercado menor.

Las asociaciones también ejercen, en representación de sus sectores, una significativa labor de interlocución ante la Administración general del Estado. La información que de ella se deriva facilita el conocimiento de la realidad empresarial española y la toma de decisiones por parte de la Administración.

Por todo ello, la Administración comercial entiende que es conveniente asegurar el fortalecimiento del asociacionismo exportador y la estabilidad de estas entidades, para lo cual ha constituido un marco de colaboración con las principales asociaciones de exportadores, de conformidad con lo establecido en la Orden ITC/3690/2005, de 22 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 29) y su modificación, Orden ITC/577/2007 de 6 de marzo (“Boletín Oficial del Estado” del día 15).

Las ayudas a las que, las asociaciones y federaciones de exportadores una vez reconocidas, pueden optar son de dos tipos:

  • Una contribución financiera para cofinanciar sus gastos de funcionamiento
  • Una ayuda económica para la contratación de asesoramiento jurídico en procedimientos de solución de diferencias en foros multilaterales, en la aplicación de medidas de defensa comercial o resolver obstáculos comerciales. Esta ayuda, que se realiza con cargo a los mismos fondos, tiene como objeto eliminar las prácticas comerciales desleales, las barreras no arancelarias, o cualquier otra medida que suponga un obstáculo a la exportación española, siendo las asociaciones las encargadas de representar a los sectores afectados y coordinar las actuaciones pertinentes.
Normativa

El desarrollo normativo del programa se recoge en la Orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ITC/3690/2005, de 22 de noviembre por la que se regula el régimen de colaboración entre la Administración General del Estado y las asociaciones y federaciones de exportadores, modificada por la Orden ITC/577/2007, de 6 de marzo, así como en las Resoluciones de convocatoria anuales.

  • Aquí vendrá el link a la convocatoria de este año, cuando se publiqueExtracto de la Resolución de …………de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas para el año 2020, a las asociaciones/federaciones españolas de exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Comercio.
  • ORDEN ITC/3690/205 TEXTO CONSOLIDADO, para fines de documentación, no tiene valor legal. Para fines legales deben utilizarse los textos publicados en el Boletín Oficial del Estado que figuran a continuación.
  • ORDEN ITC/3690/2005, de 22 de noviembre de 2005 por la que se regula el régimen de colaboración entre la Administración General del Estado y las asociaciones/federaciones de exportadores.
  • ORDEN ITC /577/2007, de 6 de marzo, por la que se modifica la Orden ITC /3690/2005, de 22 de noviembre, que regula el régimen de colaboración entre la Administración General del Estado y las asociaciones y federaciones de Exportadores.
Información sobre la solicitud anual de la subvención

La concesión del reconocimiento como entidad colaboradora a las asociaciones y federaciones de exportadores supone el cumplimiento periódico, por parte de éstas, de una serie de obligaciones, referidas básicamente a la aportación de documentación e información. La Subdirección General de Estrategia de Internacionalización, dependiente de la Secretaría de Estado de Comercio, es la encargada de coordinar la recepción de estos datos. Para contribuir a asegurar la calidad de esa información, en un esfuerzo continuo de mejora, se ha creado esta sección de la página web, facilitando así, a las asociaciones reconocidas, indicaciones sobre el modo de presentar esta información.

  1. Requisitos para solicitar la subvención anual

    De acuerdo con lo establecido en la ORDEN ITC/3690/2005 de 22 de noviembre, y en la ORDEN ITC /577/2007 de 6 de marzo, que la modifica, para optar al régimen de ayudas regulado en ellas, las asociaciones o en su caso, federaciones españolas de exportadores, deberán haber sido previamente reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Comercio.

  2. Solicitud de Subvención y Documentación que debe acompañarla

    La presentación de las solicitudes deberá realizarse por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, mediante firma electrónica reconocida, eligiendo en el listado de procedimientos electrónicos disponibles, el correspondiente a “Ayudas para Asociaciones o Federaciones de Exportadores

    A dicha solicitud se anexarán telemáticamente los documentos que, en esa dirección, en concreto en el apartado “Información de ayuda para todos los modos de acceso”, se especifican.

  3. Justificación del empleo de los fondos percibidos

    En el periodo comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre de cada año, las asociaciones y federaciones que hayan recibido una contribución financiera el año anterior, deberán presentar una memoria justificativa y documentada de la asignación y empleo de los fondos. La presentación deberá realizarse por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, mediante firma electrónica reconocida, eligiendo, en el listado de procedimientos electrónicos disponibles, el mismo utilizado para la solicitud de las ayudas, es decir el correspondiente a Ayudas para Asociaciones o Federaciones de Exportadores

    Dentro de este procedimiento se ha habilitado un link con el título “Justificación del empleo de los fondos percibidos” para la presentación telemática de la documentación requerida.

    La memoria justificativa exigida constará de una relación clasificada de los gastos a los que se haya imputado la subvención -estrictamente los enunciados en la Orden ITC/3690/2005 de 22 de noviembre en su apartado Cuarto, punto a) y b) - con identificación del acreedor y del documento, su importe y fecha de emisión. Se deberá acompañar, en su caso, detalle de otras subvenciones percibidas que hayan financiado alguno de esto gastos, con indicación de su importe y su procedencia. La mencionada relación de gastos deberá realizarse según el modelo que se recoge en ANEXO C de la Orden mencionada.

    Esta justificación debe hacerse por una cantidad que sea al menos el doble de la ayuda concedida y deberá basarse en la presentación de las correspondientes facturas y adeudos bancarios. Las facturas estarán expedidas a nombre de la Asociación o Federación beneficiaria y deberán reunir los requisitos establecidos en el Real Decreto nº 1.496/2003, de 28 de noviembre.

    Asimismo, se aportarán las cuentas de la asociación o federación, aprobadas por el órgano de ésta que, conforme a Estatutos, tenga competencia para ello, de las que pueda deducirse que los gastos subvencionables sean al menos el doble de la ayuda concedida.

    Las Asociaciones que estén exentas de IVA deberán presentar un certificado emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que así lo acredite.

Listado de asociaciones/federaciones reconocidas

Relación de asociaciones y federaciones de exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Comercio, en virtud del régimen de colaboración establecido en la Orden Ministerial ITC/3690/2005 de 22 de noviembre (BOE de 29).

Lista de asociaciones agroalimentarias, industriales y de servicios