El primer paso para solicitar la inscripción es darse de alta en la Base de Datos de empresas solicitantes del Registro Especial de Operadores de comercio exterior de material de defensa y de doble uso. Para ello es necesario remitir un correo electrónico a la Subdirección General de Comercio Internacional de Material de Defensa y Doble Uso ((sgdefensa.sscc@mincotur.es)) facilitando los siguientes datos:
Sólo una vez se le confirme que está dado de alta en la citada base de datos, podrá acceder a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Comercio a la solicitud de inscripción en REOCE de manera telemática, para lo cual necesitará contar con un certificado digital instalado en el navegador de la persona que vaya a realizar el trámite: sede electrónica del ministerio.
Una vez que se ha dado de alta en la citada Base de Datos, se presentará formalmente la solicitud, por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Comercio en la página web: https://www.comercio.gob.es. La “Nota informativa para empresas operadoras de comercio exterior de material de defensa, doble uso y otro material [PDF] [0 kB]” facilita una información más precisa de este procedimiento.
En el caso de tratarse de una empresa con participación de capital extranjero se requiere solicitar autorización del Consejo de Ministros con el fin de operar con armas y explosivos de uso civil y con material de defensa (en el caso de productos y tecnologías de doble uso no es necesario). Dicho trámite se inicia en el Ministerio de Defensa y debe realizarse previamente a la solicitud de inscripción en el Registro REOCE.
Asimismo, toda persona física o jurídica que vaya a realizar transferencias de armas de fuego reglamentadas deberá obtener una autorización de la condición de armero por la Dirección General de la Guardia Civil.
Una vez haya accedido al sitio web, seleccione la opción “Solicitud de inscripción y actualización en el registro especial de operadores (REOCE)” para acceder al formulario de solicitud.
En el apartado A: se consignan los datos generales de la empresa o particular: nombre, dirección, código postal, teléfono, NIF, CIF, nº EORI, etc.
Asimismo, las empresas señalarán si aportan tanto la escritura de constitución de la empresa como el certificado de inscripción en el registro mercantil. Se requieren también los datos referidos a la empresa (valor del capital, composición del capital, indicando el porcentaje de capital nacional y extranjero, accionistas principales, etc…)
Se indicará si solicita la inscripción en el REOCE para realizar operaciones de exportación, importación o intermediario o corredor, y el sector en el que opera (con material de defensa, de doble uso, con armas de fuego u otro material, esto es principalmente, equipos antidisturbios y material policial). En ambos apartados se puede marcar más de una opción si es el caso. Se indicará con una cruz si el operador es fabricante.
Seguidamente, el solicitante puede autorizar a la Administración a solicitar los datos que obran en su poder con el fin de comprobar el cumplimiento de los requisitos para ser inscrito en el REOCE.
En el apartado B se incluirá la descripción de los productos y tecnologías a exportar, importar o intermediar en orden de importancia. En la columna donde se señala C.N.C. se debe indicar el Código de la Nomenclatura Combinada, es decir, el código aduanero (TARIC), con 8 dígitos., según lo previsto en el Reglamento de Ejecución (UE) nº 2015/1754 de la Comisión de 6 de octubre de 2015, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) nº 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común.
Documentación a adjuntar en la solicitud de inscripción:
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