Importación y Exportación de mercancías

Vigilancia de Productos Siderúrgicos

Se informa que los Reglamentos siguientes:

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2016/670 de la Comisión de 28 de abril de 2016 por el que se someten a una vigilancia previa de la Unión las importaciones de determinados productos siderúrgicos originarios de determinados terceros países
  • Reglamento de ejecución (UE) 2018/640 de la Comisión de 25 de abril de 2018 por el que se someten a vigilancia previa de la Unión las importaciones de determinados productos de aluminio originarios de determinados terceros países 

Han dejado de estar vigentes el 15 de mayo de 2020. En consecuencia, el régimen de vigilancia previa sobre los productos de acero y de aluminio expiró en esa fecha y las importaciones de dichos productos no requieren la expedición de un documento de vigilancia (DOVI).