La tramitación de una declaración de inversión se hará siempre de forma electrónica.
Es el programa de ayuda para la cumplimentación y presentación por medios informáticos de los modelos de declaración de inversiones exteriores D-1A, D-1B, D-2A, D-2B, D-4, D-5A, D-5B, D-7A, D-7B, D-8, DP-1, DP-2, DP-3, y DP-4.
Para ello, debe:
El Real Decreto 571/2023 sobre inversiones exteriores, en vigor desde el 1 de septiembre de 2023, introdujo cambios en la declaración de inversiones exteriores, que se resumen en el REAL DECRETO 571/2023 Las normas que desarrollan el real decreto son la Orden ECM/57/2024, de 29 de enero , por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y la Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones , por la que se aprueban los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.
Pueden acceder a la Guía explicativa sobre el régimen de declaración de inversiones exteriores [PDF][74 KB].
Una vez cumplimentada la declaración, debe guardarse y se generará el documento de trabajo. Es un archivo de AFORIX, identificado con una @ de color rojo y con la extensión .aforixm. que contiene la declaración en formato editable por el usuario de la aplicación. “
Una vez cumplimentada la declaración, debe guardarse y se generará el documento de trabajo. Es un archivo de AFORIX, identificado con una @ de color rojo y con la extensión .aforixm. que contiene la declaración en formato editable por el usuario de la aplicación.
Puede obtener más información sobre certificados electrónicos.
Una vez obtenido el archivo de Aforix, identificado con una @ de color rojo y con la extensión .aforixm. se procede a la firma electrónica y se genera otro nuevo documento , identificado con una @ de color azul y con la extensión . aforixd. Ese nuevo documento ya no es editable y cualquier alteración realizada en él, invalidará la firma electrónica y por tanto, el documento, que no se podrá presentar.
Para resolver sus dudas y garantizar que sea atendido, cuenta con distintos correos electrónicos de contacto especializados por temas en función del tipo de consulta a realizar:
No envíe sus consultas a múltiples correos. Cada correo es atendido por personal especializado en el tema que se indica. Si envía su consulta a más de una dirección de las indicadas no mejorará el tiempo de respuesta, causará confusión y saturará los servicios de atención al ciudadano repercutiendo negativamente en la calidad del mismo.
No olvide incorporar sus datos de contacto en los correos. Es necesario que en las consultas que realice indique un teléfono de contacto por si, por razón de la consulta, fuera necesario contactar de manera directa con usted.
Gracias por sus comentarios.