Política comercial de la UE

Nueva Zelanda

En junio de 2018, la UE y Nueva Zelanda decidieron profundizar sus relaciones comerciales e iniciaron, oficialmente, las negociaciones para la firma de un Acuerdo de Libre Comercio. La 12ª ronda de negociaciones se celebró en marzo de 2022, seguida de debates entre sesiones que desembocaron en la conclusión de las negociaciones el 30 de junio de 2022. El Acuerdo fue firmado en Bruselas el 9 de julio de 2023, coincidiendo con la Presidencia Española del Consejo. Tras su firma, el Acuerdo fue ratificado por el Parlamento Europeo, así como por Nueva Zelanda, y entró en vigor el 1 de mayo de 2024.

El Acuerdo de Libre Comercio UE-Nueva Zelanda es un Acuerdo moderno, amplio y profundo, que abrirá grandes oportunidades al comercio y la inversión para ambas partes. Además de centrarse en la eliminación de aranceles y de obstáculos al comercio, también tiene disposiciones muy ambiciosas en otras áreas, como el comercio y desarrollo sostenible.

El acuerdo permitirá recortar unos 140 millones de euros anuales en derechos arancelarios para las empresas de la UE desde el primer año de aplicación, gracias a la eliminación de los elevados aranceles sobre productos industriales, como: automóviles y piezas de vehículos de motor, maquinaria, productos químicos, ropa, productos farmacéuticos, calzado o textiles.

Los agricultores y las empresas alimentarias europeas verán nuevas oportunidades de negocio en Nueva Zelanda, ya que el acuerdo comercial elimina todos los aranceles a la entrada en vigor sobre las exportaciones agroalimentarias de la UE. A su vez, el Acuerdo tiene en cuenta las sensibilidades de algunos sectores agrícolas de la UE. Esto significa que, para estos sectores, se ha otorgado un acceso limitado y controlado a través de contingentes arancelarios.  

Este acuerdo también establece normas estrictas de sostenibilidad. Los agricultores de ambas partes estarán en igualdad de condiciones en cuanto a criterios de producción y sostenibilidad. El Acuerdo contiene un texto específico sobre sistemas alimentarios sostenibles y bienestar animal, que allana el camino para una mayor cooperación bilateral y multilateral en temas como el bienestar animal, la alimentación, los plaguicidas y los fertilizantes.

El Acuerdo alcanzado también permite mejorar el acceso de las empresas de la UE a los contratos públicos de Nueva Zelanda; aporta normas modernas sobre comercio digital, que facilitan los flujos de datos al tiempo que protegen nuestros valores; y otorga protección adicional de los derechos de propiedad intelectual, incluyendo, en particular, la protección de más de 2000 indicaciones geográficas de la UE.

En el área del comercio y desarrollo sostenible, el Acuerdo con Nueva Zelanda es el primer acuerdo comercial de la UE que recoge los resultados de la revisión de 2022 sobre comercio y desarrollo sostenible, con compromisos sancionables en relación con el Acuerdo de París sobre el clima, así como con las normas fundamentales del trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). A su vez, se incluye el Acuerdo de París sobre el Clima como elemento esencial. Finalmente, es el primer acuerdo comercial con disposiciones específicas sobre comercio y reforma de las subvenciones a los combustibles fósiles; permite la liberalización de los bienes y servicios ecológicos en el momento de su entrada en vigor, con una lista de dichos bienes y servicios; y contiene compromisos novedosos sobre economía circular, deforestación, tarificación del carbono y protección del medio marino.

Nueva Zelanda es país miembro de la OMC desde la creación de esta Organización, en 1995.

Una oportunidad para la empresa española [PDF] [1.09 MB]