La política de la UE hacia los países de los Balcanes Occidentales se concretó en el Proceso de Estabilización y Asociación (PAE), adoptado por el Consejo, en 1999 y 2000, y confir-mado en la cumbre de Zagreb, que diseña una política a largo plazo para los países del Sur-este europeo, que hasta ese momento carecían de relaciones institucionales con la UE. El objetivo del PAE es la estabilización de la región, desarrollar las relaciones comerciales con la región y entre los países de la región, incrementar la ayuda para la democratización, el desarrollo de la sociedad civil, la educación, y el desarrollo de las instituciones de cada país, encontrar oportunidades para la cooperación en los diversos campos, incluido justicia y asuntos interiores y desarrollar el dialogo político también a nivel regional. El PAE, refor-zado en la cumbre de Tesalónica, en 2003, se basa en los siguientes elementos:
En el ámbito económico, el PAE persigue el desarrollo de una economía de mercado, basa-da en una estrecha cooperación en la zona de los Balcanes Occidentales a cambio de la eje-cución de reformas que permitan una eventual adhesión a la Unión Europea.
La base de las relaciones de la UE con cada país de los Balcanes se encuentra en los Acuerdos de Estabilización y Asociación (AEA) que, aunque tienen una estructura básica similar, se adaptan a las especificidades políticas, económicas y particulares circunstancias de cada país. Su objetivo es la creación progresiva de una Zona de Libre Comercio para mercancías, una recíproca liberalización del comercio de servicios, el establecimiento de reglas de competencia y la regulación de la contratación pública, las ayudas de Estado y la propiedad intelectual. La relación de la UE con los Balcanes se basa en los AEA firmados, en 2001, con Macedonia y Croacia, que pasaría a convertirse en Estado Miembro, el 1 de julio de 2013, con Albania, en 2006, Montenegro, en 2007, y Bosnia y Herzegovina y Serbia en 2008.
En la actualidad el Consejo ha concedido el estatuto de “país candidato” a Albania, Macedo-nia del Norte, Montenegro y Serbia, mientras que Bosnia y Herzegovina mantiene el estatus de “país candidato potencial”, lo que significa que el Consejo Europeo contempla su pro-yecto de adhesión a medio o largo plazo. Las negociaciones para la adhesión se iniciaron, en 2012, con Montenegro y, en 2014, con Serbia. El Consejo de la UE, en sus conclusiones de 25 de marzo de 2020, dio su consentimiento para iniciar las negociaciones de adhesión con Albania y Macedonia del Norte.
Las relaciones políticas y económicas entre Macedonia del Norte y la UE se enmarcan en el Acuerdo de Estabilización y Asociación (AEA), firmado el 9 de abril de 2001, con su correspondiente acuerdo interino sobre comercio y asuntos relacionados. El acuerdo interino entró en vigor inmediatamente, para permitir la aplicación de la parte comercial del AEA, mientras éste seguía su proceso de ratificación por cada uno de los Estados miembros de la UE. El AEA entró, finalmente, en vigor, el 1 de abril de 2004.
Macedonia goza de estatus de “país candidato” a la adhesión a la UE desde diciembre de 2005. El 26 de marzo de 2020, el Consejo de la UE aprobó el inicio de las negociaciones de adhesión. Macedonia del Norte continúa recibiendo la ayuda comunitaria preadhesión a través del Instrumento IPA II en el periodo 2014-2020.
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