El comercio internacional, tanto el de mercancías, como el de servicios, y también las inversiones que se realizan en otro país, se encuentran en numerosas ocasiones con obstáculos y trabas en los mercados de destino (las barreras a la internacionalización). El Portal de Barreras Comerciales es la plataforma donde se informa sobre las barreras que afectan a las empresas españolas cuando comercian (exportación o importación) con mercados exteriores a la UE y cuando invierten en éstos, y donde, además, las empresas pueden comunicar las nuevas barreras que encuentren en su actividad de internacionalización.
Asimismo, el Reglamento de Obstáculos al Comercio (ROC) establece un cauce legal para que las empresas comunitarias denuncien obstáculos comerciales en mercados de terceros países que producen efectos comerciales adversos.
En el marco de la Unión Europea el comercio intracomunitario de mercancías se ha visto favorecido e impulsado por el principio de reconocimiento mutuo, gracias al cual los productos comercializados legalmente en un Estado miembro pueden comercializarse libremente en todo el mercado interior. Para garantizar la correcta aplicación del principio de reconocimiento mutuo existen dos puntos de contacto al cual pueden dirigirse las empresas: el Punto de contacto de Productos y el Punto de contacto de Productos de la Construcción.