El Reglamento (UE) 2019/515 relativo al reconocimiento mutuo de mercancías comercializadas legalmente en otro Estado miembro y por el que se deroga el reglamento (CE) nº 764/2008 establece que los Estados miembros designarán puntos de contacto de productos, y facilitarán la cooperación y el intercambio de información en el contexto del principio de Reconocimiento Mutuo.
De conformidad con el Reglamento (UE) 2019/1020, los Estados miembros establecerán procedimientos para proporcionar a los operadores económicos, cuando lo soliciten y gratuitamente, información relativa a la transposición nacional y la aplicación de la legislación de armonización de la Unión aplicable a los productos.