Nota informativa sobre la aplicación de las excepciones recogidas en el artículo 5 quindecies
Nota informativa sobre documentación requerida para solicitar autorización
Las sanciones a Rusia han incorporado elementos novedosos a la aplicación de sanciones internacionales pues, si bien se prohíbe el comercio de un grupo tasado de bienes y tecnologías, también se prohíben el comercio internacional de servicios asociado, así como prohibiciones específicas de prestación de servicios concretos al Gobierno ruso, a personas jurídicas, entidades y organismos establecidos en Rusia.
Se debe tener en cuenta que la normativa incluye algunas exenciones directas y excepciones susceptibles de autorización en las condiciones que las autoridades competentes estimen oportunas.
1. Prestación de servicios prohibida por estar asociados a la importación o exportación de un determinado bien o tecnología prohibidos:
Incluyen una prohibición general de prestar servicios de asistencia técnica, definida como cualquier apoyo técnico vinculado con reparaciones, desarrollo, fabricación, montaje, pruebas, mantenimiento o cualquier otro servicio técnico, y que pueda prestarse en forma de instrucción, asesoramiento, formación, transmisión de técnicas de trabajo o conocimientos especializados o servicios de consulta, la asistencia prestada verbalmente; así como la prestación de servicios de intermediación o cualquier otro tipo de servicio en relación con productos y tecnologías prohibidas.
Así, está prohibida la prestación directa o indirecta de los servicios anteriormente mencionados ligados a la exportación, el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de los productos y tecnologías prohibidos, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en Rusia, o para su uso en Rusia.
Para identificar aquellos bienes y tecnologías prohibidas y que no son de doble uso, consultar el siguiente enlace
Por otro lado, de manera similar, también encontramos que está prohibida la prestación directa o indirecta de los servicios mencionados anteriormente, asociados a la importación de productos y tecnologías prohibidas en la UE desde Rusia.
Para identificar aquellos bienes y tecnologías prohibidas y que no son de doble uso, consultar el siguiente enlace
2. Prestación de determinados servicios prohibidos:
Dentro de este bloque, encontramos principalmente la prohibición general del artículo 5 quindecies de prestar determinados servicios al Gobierno ruso o a personas jurídicas, entidades u organismos establecidos en Rusia, independientemente del modo de suministro.
De este modo, se prohíbe la prestación de:
Estas prohibiciones afectan en exclusiva al servicio prestado, independientemente del modo de suministro, y siempre que se presten (artículo 13):
En la siguiente nota informativa podrá encontrar información adicional sobre la aplicación de las excepciones recogidas en el artículo 5 quindecies del Reglamento 833/2014.
Todos los operadores económicos están sometidos a estas prohibiciones, pero las autoridades competentes podrán expedir autorizaciones, en las condiciones que estimen oportunas, previa solicitud, en las circunstancias excepcionales recogidas en los Reglamentos. Para ello, deberá dirigirse a la autoridad nacional competente correspondiente. Puede consultar el listado de autoridades competentes.
Por otro lado, cabe señalar que la prestación de servicios asociados a los bienes y/o tecnologías o los servicios que no se encuentren expresamente incluidos en los artículos o los anexos del Reglamento 833/2014 de 31 de julio de 2014, no se encuentran prohibidos y pueden continuar suministrándose sin perjuicio de las sanciones a personas físicas y jurídicas rusas que figuran en la lista de sanciones de la UE, del mismo Reglamento.
En caso de desear contactar con la Secretaría de Estado de Comercio, puede hacerlo a través del siguiente formulario de contacto:
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