Importación y Exportación de mercancías

Productos incluidos en el Anexo XXXVIII bis del Reglamento (UE) 833/2014

Queda prohibido:
  1. a partir del 1 de enero de 2024, comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, diamantes y productos que incorporan diamantes, tal como se enumera en las partes A, B y C del anexo XXXVIII bis, que sean originarios de Rusia o hayan sido exportados desde Rusia a la Unión o a cualquier tercer país;

  2. a partir del 1 de enero de 2024, comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, diamantes y productos que incorporan diamantes, tal como se enumera en las partes A, B y C del anexo XXXVIII bis, de cualquier origen, si han transitado a través del territorio de Rusia;
  3. a partir del 1 de marzo de 2024, comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, los productos enumerados en la parte A del anexo XXXVIII bis cuando sean transformados en un tercer país, que estén compuestos de diamantes originarios de Rusia o exportados desde Rusia con un peso igual o superior a 1,0 quilates por diamante;
  4. a partir del 1 de septiembre de 2024, comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, los productos enumerados en las partes A, B y C del anexo XXXVIII bis cuando sean transformados en un tercer país, que incorporen o estén compuestos de diamantes originarios de Rusia o exportados desde Rusia con un peso igual o superior a 0,5 quilates o 0,1 gramos por diamante.

No se requiere autorización de importación de la Subdirección General de Comercio Internacional de Mercancías en los siguientes casos:

Productos que se enumeran en la parte C del Anexo XXXVIII bis destinados al uso personal de personas físicas que viajen a la Unión o de sus familiares más cercanos que viajen con ellas, que sean propiedad de dichas personas y no estén destinados a la venta.

Procedimiento para las excepciones que no requieren autorización de la Subdirección General de Comercio Internacional de Mercancías [PDF] [63.78 kB]

No se requiere autorización de importación de la Subdirección General de Comercio Internacional de Mercancías, sino del Ministerio de Cultura cuando se trata de:

La transferencia o importación de bienes culturales dados en préstamo en el marco de la cooperación cultural oficial con Rusia.

Deben contactar con la Subdirección General de Registros y Documentación del Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura.

El contenido de esta página es meramente orientativo. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud.