Reglamento (CE) N.o 765/20061 del Consejo de 18 de mayo de 2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia2 y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania.
El Reglamento ha sido recientemente modificado por el Reglamento (UE) 2024/1865 del Consejo de 29 de junio de 2024 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania.
Para solicitar una autorización administrativa que permita la exportación de los productos incluidos en el Reglamento arriba indicado y que no estén clasificados como material de defensa y doble uso, debe acceder al procedimiento Autorización de operaciones de comercio internacional de mercancías sujetas a restricciones comunitarias - Código SIA 962367 en la Sede Electrónica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
Para cualquier cuestión relacionada con la aplicación de estos Reglamentos, diríjase a nuestro correo electrónico productosindustriales@economia.gob.es.
El contenido de esta página es meramente orientativo. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud.
1 Se ofrece el enlace a la versión consolidada, que incluye las modificaciones de todos los Reglamentos publicados hasta esa fecha de su emisión. Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones españolas no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex.
2 Se puede consultar la lista de personas y empresas sancionadas para Bielorrusia en el Reglamento (CE) N.o 765/2006 y sus modificaciones.
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