El Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) de la Unión Europea es un instrumento comercial clave de la política comunitaria de ayuda al desarrollo. El SPG es un acuerdo comercial autónomo a través del cual la UE proporciona un acceso preferencial no recíproco al mercado comunitario de productos originarios en países y territorios en desarrollo a través de la exoneración total o parcial de los derechos arancelarios. Es a través de los ingresos de exportación adicionales que el SPG espera fomentar el crecimiento de sus ingresos y respaldar el crecimiento económico y la creación de empleo.
En 1971, la Unión Europea introdujo por primera vez el Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) tras una resolución de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) para crear un sistema de preferencias para apoyar a los países en desarrollo. El SPG se basa en la Cláusula de Habilitación de la Organización Mundial de Comercio, que permite a los países desarrollados otorgar preferencias arancelarias unilaterales y no recíprocas a los países en desarrollo.
Al proporcionar acceso preferencial al mercado de la UE, el SPG tiene los objetivos primordiales de:
Desde el 1 de enero de 2014 es de aplicación el Reglamento 978/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por el que seaplica un Sistema de Preferencias Generalizadas. El presente sistema será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2023.
El actual Reglamento del SPG establece una escala de preferencias dentro de tres esquemas de acuerdo con las diferentes necesidades de los países en desarrollo:
Este régimen otorga reducciones de derechos para aproximadamente el 66% de todas las líneas arancelarias de la UE. Listado de países beneficiarios [PDF].
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