Queda prohibido comprar, importar o transferir a la Unión, directa o indirectamente, productos que generen ingresos significativos para Rusia y que posibiliten así sus actividades de desestabilización de la situación en Ucrania, enumerados en el Anexo XXI, si son originarios de Rusia o se exportan desde Rusia.
Productos del Anexo XXI:
Productos del Anexo XXI:
Productos del Anexo XXI, siempre que se cumplan los siguientes requisitos acumulativos:
Tenga en cuenta que únicamente se podrá emitir autorización administrativa en los casos arriba mencionados. Debe presentar documento firmado por el importador en el que se declare la información más actualizada sobre los siguientes elementos:
En el caso de que la mercancía sea necesaria para la creación, el funcionamiento, el mantenimiento, el suministro y retratamiento de combustible, y la seguridad de las capacidades nucleares civiles, así como para la continuación del diseño, la construcción y la puesta en servicio necesarios para la finalización de instalaciones nucleares civiles (salvo que pueda tener un uso final militar):
En el caso de que la mercancía sea necesaria para el suministro de material precursor para la producción de radioisótopos médicos y aplicaciones médicas similares, o la tecnología vital para el control de las radiaciones ambientales (salvo que pueda tener un uso final militar):
En el caso de que la mercancía sea tecnología vital para el control de las radiaciones ambientales:
En el caso de que la mercancía sea necesaria para la cooperación nuclear civil, en particular en el ámbito de la investigación y el desarrollo (salvo que pueda tener un uso final militar):
En el caso de que la mercancía sea necesaria para la desinversión en Rusia o la liquidación de actividades empresariales en Rusia:
Para solicitar una autorización administrativa que permita la importación de los productos incluidos en el anexo arriba indicado, y que no estén clasificados como material de defensa y doble uso, debe acceder al procedimiento Autorización de operaciones de comercio internacional de mercancías sujetas a restricciones comunitarias - Código SIA 962367 en la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Para cualquier cuestión relacionada con la aplicación de este Reglamento y sus modificaciones, diríjase a nuestro correo electrónico.
El contenido de esta página es meramente orientativo. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud.
1El contrato se refiere a un compromiso vinculante entre las partes. Dicho acuerdo debe contener todos los elementos necesarios para su validez y la ejecución de una transacción (como la indicación de las partes, el precio, las cantidades, las fechas de entrega, las modalidades de ejecución, etc.). La mayoría de los contratos marco que no especifican las cantidades o el precio no se considerarían, por lo tanto, como un contrato a efectos de las excepciones previstas para la ejecución de los contratos previos.
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