Importación y Exportación de mercancías

Productos incluidos en el Anexo XXIII del Reglamento (UE) 833/2014

Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, aquellos productos que pudieran contribuir, en particular, a la mejora de las capacidades industriales de Rusia, originarios o no de la Unión, enumerados en el Anexo XXIII, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en Rusia o para su utilización en Rusia.

No se requiere autorización de exportación de la Subdirección General de Comercio Internacional de Mercancías en los siguientes casos:

Productos del Anexo XXIII:

  1. que sean necesarios para los fines oficiales de las misiones diplomáticas y oficinas consulares de los Estados miembros o de países asociados en Rusia o de organizaciones internacionales que gocen de inmunidad conforme al Derecho Internacional ni a los efectos personales de sus empleados;
  2. para un uso no militar y para un usuario final no militar, que estén destinados a emergencias sanitarias, la prevención o la mitigación urgentes de un suceso que sea probable que tenga una repercusión grave e importante en la salud y la seguridad humanas o en el medio ambiente, o como respuesta a catástrofes naturales.

Procedimiento para las excepciones que no requieren autorización de la Subdirección General de Comercio Internacional de Mercancías [PDF] [63.78 kB]

Se requiere autorización de exportación de la Subdirección General de Comercio Internacional de Mercancías en los siguientes casos:

  1. que sean necesarios para los siguientes fines:
    • fines médicos o farmacéuticos;
    • Nota: únicamente se emitirá autorización para los productos que entren en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2017/745 (Reglamento sobre productos sanitarios), del Reglamento (UE) 2017/746 (Dispositivos de diagnóstico in vitro) y de la Directiva 2001/83/CE (Directiva sobre medicamentos para uso humano). No cabe autorizar medicamentos veterinarios, cosméticos, biocidas, medicamentos a base de plantas, complementos alimenticios, sustancias químicas distintas de los ingredientes y compuestos que vayan a transformarse posteriormente en medicamentos, otros productos fronterizos, ni otros bienes que, aunque se utilicen en centros sanitarios no tengan fines médicos o farmacéuticos.
    • fines humanitarios, tales como prestar o facilitar la prestación de asistencia incluidos los productos médicos y los alimentos, o el traslado de trabajadores humanitarios y la asistencia correspondiente;
    • evacuaciones;
    • la creación, el funcionamiento, el mantenimiento, el suministro y retratamiento de combustible, y la seguridad de las capacidades nucleares civiles, así como para la continuación del diseño, la construcción y la puesta en servicio necesarios para la finalización de instalaciones nucleares civiles;
    • el suministro de material precursor para la producción de radioisótopos médicos y aplicaciones médicas similares;
    • tecnología vital para el control de las radiaciones ambientales;
    • la cooperación nuclear civil, en particular en el ámbito de la investigación y el desarrollo;
  2. que sean para el uso exclusivo y bajo pleno control del Estado miembro que concede la autorización y con el fin de cumplir sus obligaciones de mantenimiento en las zonas que sean objeto de un contrato de arrendamiento a largo plazo entre dicho Estado miembro y la Federación de Rusia;
  3. clasificados en los códigos NC 8417 20, NC 848180 y NC 7411 o 7412 que sean necesarios para el uso doméstico personal de personas físicas en Rusia;
  4. clasificados en los capítulos 72, 84, 85 y 90 que sean estrictamente necesarios para la producción de los productos de titanio necesarios en la industria aeronáutica, para los que no se dispone de fuente de suministro alternativa;
  5. clasificados en los códigos NC 3917, 8421, 8471, 8523, 8536 y 8544, cuando dichos productos sean necesarios para el mantenimiento o la reparación de productos sanitarios;
  6. clasificados en los códigos NC 8414 90 y 9026, que se encuentren físicamente en la Unión a partir del 25 de junio de 2024 con fines de mantenimiento o reparación, cuando sean estrictamente necesarios para el funcionamiento del Proyecto Sajalin-2 (Сахалин-2)) para garantizar la seguridad energética de Japón;
  7. clasificados en el código NC 3917 10 cuando dichos productos se exporten estrictamente para la producción de productos alimenticios destinados al consumo humano en Rusia;
  8. que se utilicen para la explotación y el mantenimiento de las tuberías de Caspian Pipeline Consortium (CPC) y de la infraestructura asociada necesaria para el transporte de productos clasificados con el código NC 2709 00 originarias de Kazajistán y que solo se carguen, salgan o transiten por Rusia, cuando:
    • dicha exportación sea necesaria para la explotación, el mantenimiento esencial, la reparación o la sustitución de componentes de las tuberías de CPC y la infraestructura asociada;
    • el tipo de productos, tecnología y asistencia solicitados no va más allá del tipo de productos y tecnología exportados previamente o la asistencia prestada anteriormente desde la Unión, un país miembro del Espacio Económico Europeo, Suiza o un país socio enumerado en el anexo VIII, a Rusia, para la explotación, el mantenimiento esencial, la reparación o la sustitución de componentes de las tuberías de CPC y de la infraestructura asociada, y asistencia conexa;
    • los volúmenes solicitados sean proporcionales a los utilizados para la explotación, el mantenimiento esencial, la reparación o la sustitución de componentes de las tuberías de CPC y de la infraestructura asociada; y
    • dichos productos y tecnología serán suministrados por una persona física o jurídica sujeta al artículo 13 del Reglamento (UE) N.º 833/2014 exclusivamente para su uso final en la explotación, el mantenimiento esencial, la reparación o la sustitución de componentes de las tuberías de CPC y de la infraestructura asociada.
    • Nota: Una vez concedida la autorización para los productos que se utilicen para para la explotación y el mantenimiento de las tuberías de Caspian Pipeline Consortium (CPC) y de la infraestructura asociada, se deberán presentar informes periódicos (trimestralmente) detallados que indiquen que dichos productos, tecnología o servicios no se han desviado de su finalidad prevista durante las obras en cuestión.

Tenga en cuenta que únicamente se podrá emitir autorización en el caso arriba mencionados. Además de la documentación/información que se debe adjuntar a la solicitud y que se puede consultar en la web del procedimiento indicada en la parte inferior de esta página, debe presentar documento firmado por el exportador en el que se declare la información más actualizada sobre los siguientes elementos:

En el caso de que la mercancía sea necesaria para fines humanitarios - tales como prestar o facilitar la prestación de asistencia, incluidos los productos médicos y los alimentos, o el traslado de trabajadores humanitarios y asistencia conexa:
  1. Nombre y, si es una persona jurídica, su misión humanitaria, según sus estatutos.
  2. Descripción del proyecto humanitario para el que se solicita una excepción humanitaria, incluido su ámbito geográfico.
  3. Fuentes de financiación del proyecto.
  4. Operaciones pertinentes relacionadas con el proyecto humanitario.
  5. Proveedores, subcontratistas y otros socios que participen en la ejecución del proyecto humanitario.
  6. Especificación de los beneficiarios finales previstos de la ayuda humanitaria.
En el caso de que la mercancía sea necesaria para evacuaciones:

Declaración jurada del exportador y/o justificación documental en la que se especifique la zona que se va a evacuar y las causas concretas que provocan dicha evacuación.

En el caso de que la mercancía sea necesaria para la creación, el funcionamiento, el mantenimiento, el suministro y retratamiento de combustible, y la seguridad de las capacidades nucleares civiles, así como para la continuación del diseño, la construcción y la puesta en servicio necesarios para la finalización de instalaciones nucleares civiles:

Condiciones que hacen necesaria la mercancía para garantizar la explotación, el mantenimiento, el suministro y el retroceso de combustible y la seguridad de las capacidades nucleares civiles y la continuación del diseño, la construcción y la puesta en servicio necesarios para la finalización de las instalaciones nucleares civiles.

En el caso de que la mercancía sea necesaria para el suministro de material precursor para la producción de radioisótopos médicos y aplicaciones médicas similares:

Condiciones que hacen necesaria la mercancía para el suministro de material precursor para la producción de radioisótopos médicos y aplicaciones médicas similares.

En el caso de que la mercancía sea tecnología vital para el control de las radiaciones ambientales:

Condiciones que hacen necesaria la mercancía como tecnología vital para el control de las radiaciones ambientales.

En el caso de que la mercancía sea necesaria para la cooperación nuclear civil, en particular en el ámbito de la investigación y desarrollo:

Acuerdo de cooperación nuclear civil.

En el caso de que la mercancía sea necesaria para el uso exclusivo y bajo pleno control del Estado miembro que concede la autorización y con el fin de cumplir sus obligaciones de mantenimiento en zonas que sean objeto de un contrato de arrendamiento a largo plazo entre dicho Estado miembro y la Federación de Rusia:
  1. Nombre, dirección postal, correo electrónico y teléfono de contacto de la misión consular que ha firmado el contrato de arrendamiento.
  2. Información detallada sobre la otra parte firmante del contrato de arrendamiento.
  3. Indicación de las zonas que sean objeto del contrato de arrendamiento a cuyo mantenimiento se destina la mercancía.
En el caso de que la mercancía clasificada en los capítulos 72, 84, 85 y 90 sea estrictamente necesaria para la producción de los productos de titanio necesarios en la industria aeronáutica, para los que no se dispone de fuente de suministro alternativa:
  1. Condiciones que hacen que la mercancía sea estrictamente necesaria para la producción de los productos de titanio necesarios en la industria aeronáutica.
  2. Justificación de que no se dispone de fuente de suministro alternativa.

Procedimiento para las excepciones que requieren autorización de la Subdirección General de Comercio Internacional de Mercancías [PDF] [79.18 kB]

Para solicitar una autorización administrativa que permita la exportación de los productos incluidos en el anexo arriba indicado y que no estén clasificados como material de defensa y doble uso, debe acceder al procedimiento Autorización de operaciones de comercio internacional de mercancías sujetas a restricciones comunitarias - Código SIA 962367 en la Sede Electrónica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

Para cualquier cuestión relacionada con la aplicación de este Reglamento y sus modificaciones, diríjase a nuestro correo electrónico productosindustriales@economia.gob.es

El contenido de esta página es meramente orientativo. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud.

1El contrato se refiere a un compromiso vinculante entre las partes. Dicho acuerdo debe contener todos los elementos necesarios para su validez y la ejecución de una transacción (como la indicación de las partes, el precio, las cantidades, las fechas de entrega, las modalidades de ejecución, etc.). La mayoría de los contratos marco que no especifican las cantidades o el precio no se considerarían, por lo tanto, como un contrato a efectos de las excepciones previstas para la ejecución de los contratos previos.