• Comerç
  • 28/12/2020

Entra en vigor el Reglament sobre minerals de zona de conflicte

Reglament (UE) 2017/821

Garanteix que els productes que s'adquireixen han estat extrets de manera responsable i no contribueixen a finançar conflictes o altres pràctiques il·legals

A partir del próximo 1 de enero de 2021 entrará en vigor el Reglamento (UE) 2017/821 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2017 sobre minerales de zonas de conflicto.

Este Reglamento obliga a los importadores de la Unión Europea (UE) de estaño, tantalio y wolframio, sus minerales y oro (3TG por sus siglas en inglés), cuyas importaciones anuales estén por encima de determinados umbrales, a actuar con la diligencia debida en su cadena de suministro con el objetivo de garantizar que los productos que compran han sido extraídos de modo responsable y no contribuyen a financiar conflictos u otras prácticas ilegales relacionadas.

Para garantizar y demostrar que los minerales que compran se han obtenido de forma responsable, las empresas importadoras deben introducir sistemas y procesos de gestión interna convenientemente documentados, con el fin de identificar, gestionar e informar sobre los riesgos de su cadena de suministros (riesgos de que los minerales y metales que adquieren se hayan podido obtener de zonas de conflicto, vulnerando los derechos humanos o pudiendo haber contribuido a financiar conflictos bélicos).

Las Subdirección General de Comercio Internacional de Mercancías, junto con la Subdirección General de Gestión Aduanera, son la Autoridad Nacional Competente responsable para la aplicación efectiva de este Reglamento y para el control de su cumplimiento.

Asimismo, el reglamento establece que, a partir de enero de 2022, las autoridades nacionales competentes serán responsables de llevar a cabo los controles expost adecuados para verificar dicho cumplimiento.

Con la aplicación de este Reglamento, la UE, como uno de los mayores bloques comerciales y mercado fundamental para estos productos, contribuirá de manera significativa a evitar la financiación de conflictos a través de las ganancias de la extracción y comercialización de materias primas y las violaciones de derechos humanos asociadas a la explotación de las mismas.

Más información sobre el Reglamento:

https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Regimenes/Paginas/Minerales-en-conflicto.aspx