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  • 4/12/2022

The EU and Canada conclude negotiations on a mutual recognition agreement for their architects

The first such agreement to be concluded by the EU

Canadian and EU architects can exercise their profession in the EU and Canada, respectively, without the need for a type approval of their academic qualifications.

Negotiations were concluded on 10 March 2022. The signing of the agreement is anticipated for the autumn of 2022 and it is expected to come into force by 2023.

Canadá y la UE han concluido un Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de arquitectos (ARM) en el marco del CETA. Se trata del primer acuerdo de este tipo concluido por la UE.

Se abre así la puerta para facilitar la exportación de servicios profesionales en arquitectura entre las dos partes siguiendo la recomendación conjunta que en su día presentaron la asociación de arquitectos europea ACE (Architects’ Council of Europe) y la canadiense ROAC (Regulatory Organizations for Architecture in Canada).

Las negociaciones entre Canadá y la UE sobre el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (ARM) de arquitectos concluyeron el 10 de marzo de 2022. Aunque el texto se encuentra pendiente de revisión legal, el contenido material del acuerdo está plenamente consolidado. Tras el proceso de revisión legal, se prevé la firma del acuerdo para otoño de 2022, y su entrada en vigor en 2023.

Este ARM permitirá a los arquitectos canadienses y europeos que puedan ejercer su profesión en la UE y Canadá, respectivamente, sin necesidad de homologar su título académico. En este sentido, los arquitectos de la UE reconocidos en Canadá podrán ejercer la actividad profesional sin residir en Canadá (Italia, Hungría y Eslovaquia sí exigirán residencia a los arquitectos canadienses reconocidos que quieran ejercer en su jurisdicción). Los arquitectos de la UE deberán completar un curso de 10 horas previo al registro en la organización profesional competente de la provincia canadiense respectiva. La UE se reserva la posibilidad de exigir un curso previo similar.

Así, un arquitecto residente en la UE que cuente con el título académico requerido y esté habilitado para ejercer la profesión de arquitecto en la UE, podrá también ejercer en Canadá en igualdad de condiciones con los arquitectos canadienses tras superar un curso previo de 10 horas. Los arquitectos canadienses podrán asimismo ejercer en la UE en igualdad de condiciones, aunque sin necesidad de superar tal curso de 10 horas (salvo que la UE decida ejercer su derecho a introducirlo como requisito).

El ARM de arquitectos será –en el momento de su aprobación definitiva- el primer instrumento a nivel de la UE con tal objetivo. Su implementación puede abrir el camino a otros ARM sobre cualificaciones profesionales en sectores de actividad y con países de especial interés para España.

Si el presente ARM fuese revocado o perdiese su vigencia porque el CETA no entrase en vigor de forma definitiva, los arquitectos reconocidos podrían seguir ejerciendo la actividad profesional.